La DGII abona hasta un 10% del precio del inmueble, por la exención de los impuestos.
A través del decreto 389-15 el Poder Ejecutivo declaró el 2016 como el «Año de fomento a la vivienda», cumpliendo con el artículo 59 de la constitución dominicana sobre derecho a la vivienda y el deber del Estado para hacer efectivo este derecho. Por este motivo se desarrolló un plan de entrega del bono de fideicomiso en beneficio de los ciudadanos para que puedan adquirir una vivienda de bajo costo.
De acuerdo con Roberto Millán, gerente general de Fiduciaria Universal, una vivienda económica es aquella que se comercializa en un valor de hasta dos millones cuatrocientos mil pesos dominicanos (DOP $2,400,000). De éstos, el subsidio fiscal que otorga el Estado se hace a través de las exenciones del ITBIS e impuestos incorporados en los pagos que el constructor hace a sus suplidores para la compra de materiales durante la construcción.
Según Millán, el gobierno calcula que este monto ronda entre un 8% y un 10% del costo del inmueble, lo que significa que el adquiriente se beneficiará de un descuento que tomando en cuenta el valor aproximado de las viviendas podría ascender a más de ciento ochenta mil pesos dominicanos (DOP $180,000). En este caso, la fiduciaria se encarga de presentar el expediente a la DGII, solicitando que el bono se desembolse, y luego de recibirlo lo entrega al comprador.
Pero ¿qué tiene que hacer un dominicano para recibir este beneficio?
Según Héctor Bretón, presidente de la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de la Vivienda (Acoprovi), debe acercarse a un proyecto de vivienda de bajo costo que se esté realizando a través de un fideicomiso, y preguntar a qué fiduciaria pertenece, o lo inverso. La fiduciaria hace los trámites necesarios para que ese título obtenga el bono.
Durante 2015, cuando se inició la aplicación de la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, la demanda de viviendas de bajo costo dinamizó el financiamiento bancario destinado a estos proyectos. Según el Banco Central, durante ese año, se evidenció un aumento de 15.2% respecto al año 2014 del crédito canalizado por el sistema financiero al sector privado para la adquisición de viviendas.
Requisitos
Los requisitos para obtener el bono o compensación del ITBIS están contenidos en la Norma General 01-2015 en su artículo 3 donde dice que el comprador debe estar adquiriendo una vivienda dentro de un proyecto clasificado de bajo costo, debe ser su primera y única vivienda, y tiene que habitarla. Además, debe tener un financiamiento y presentar documentos que avalen la proporción o pago del inicial de la compra, realizado al fideicomiso. Asimismo, la solicitud deberá estar acompañada de una copia del contrato contrato tripartito de compra-venta donde consta el precio de venta.